Términos y condiciones Ruleta de la Energía

En Palencia, a 5 de septiembre de 2026, OC ELECTRICIDAD Y GAS S.L., con domicilio en Calle Francia 41, Bajo, 34004, Palencia, y CIF B86468659 (en adelante, el “Organizador”), establece las presentes bases legales para el desarrollo de un juego complementario de incentivos dirigido a sus colaboradores, cuyo funcionamiento se regirá conforme a lo dispuesto en las siguientes estipulaciones.
PRIMERA – OBJETO
El objeto del presente juego es incentivar, motivar y premiar el rendimiento comercial de los colaboradores mediante la participación en una ruleta virtual de tokens, vinculada al desempeño mensual de ventas. Los tokens acumulados permitirán optar a distintos premios trimestrales, de carácter lúdico y no salarial.
SEGUNDA – ÁMBITO TERRITORIAL Y TEMPORAL
El juego tendrá validez en el territorio español, excepto Canarias, y estará activo entre el 14 de septiembre de 2026 y el 31 de agosto de 2027, ambos inclusive.
Únicamente podrán participar los colaboradores que, dentro de dicho periodo, hayan efectuado al menos una tirada en la ruleta virtual.
TERCERA – CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN
Podrán participar exclusivamente aquellos colaboradores que cumplan las siguientes condiciones (en adelante, los “Usuarios”):
1. Ser usuario en activo del Organizador durante el periodo de vigencia del juego.
2. Haber registrado ventas válidas (en estado “aceptado y firmado”) en el mes anterior a cada tirada.
3. Haber realizado al menos una tirada en la ruleta entre el 14 de septiembre de 2026 y el 31 de agosto de 2027.
4. Aceptar sin reservas las presentes bases.
CUARTA – MECÁNICA DE LA RULETA
- El día 15 de cada mes se habilitará la ruleta virtual en el CRM corporativo.
- El colaborador recibirá un código único que deberá utilizar para acceder a la ruleta virtual. La tirada podrá realizarse durante 15 días naturales desde su habilitación (del día 15 al día 29 de cada mes, ambos inclusive). Transcurrido dicho plazo sin haberla utilizado, la tirada caducará y no podrá recuperarse ni acumularse a meses posteriores.
- Cada colaborador dispondrá de una tirada mensual, cuyo nivel se asignará en función de sus ventas válidas (en estado “aceptado y firmado”) registradas en el mes natural anterior:
- Nivel 1: entre 2 y 5 ventas, ambas inclusive.
- Nivel 2: entre 6 y 10 ventas, ambas inclusive.
- Nivel 3: 11 ventas o más.
- Los colaboradores con menos de 2 ventas válidas en el mes anterior no dispondrán de tirada ese mes.
- Cada nivel da acceso a una ruleta distinta, con premios en tokens de valor creciente.
- El resultado de cada tirada es aleatorio y lo determina el sistema de la ruleta en el momento de la tirada. Los tokens obtenidos se mostrarán al colaborador al finalizar la tirada y quedarán registrados en el CRM.
- Los tokens quedarán vinculados al historial individual del colaborador y serán considerados a efectos de los recuentos trimestrales. Los tokens obtenidos se mantendrán aunque alguna de las ventas que dieron acceso a la tirada se anule o se dé de baja con posterioridad.
QUINTA – DEFINICIONES
COLABORADOR: la empresa o profesional dado de alta como colaborador comercial del Organizador. Los tokens, la clasificación y los premios se asignan al colaborador como tal, y no a las personas que trabajen para él.
TOKENS: son unidades de medida internas, sin valor monetario ni equivalencia económica
- No podrán canjearse por euros u otras divisas.
- No son transferibles ni intercambiables.
- Su única finalidad es servir como métrica de desempeño y participación dentro del presente juego.
SEXTA – RECUENTOS Y PREMIOS
Se realizarán cuatro recuentos oficiales, uno por trimestre, durante la vigencia del juego:
- Primer recuento (T1): 15 de diciembre de 2026 (tokens generados del 14 de septiembre al 30 de noviembre de 2026).
- Segundo recuento (T2): 15 de marzo de 2027 (tokens generados del 1 de diciembre de 2026 al 28 de febrero de 2027).
- Tercer recuento (T3): 15 de junio de 2027 (tokens generados del 1 de marzo al 31 de mayo de 2027).
- Cuarto recuento (T4): 15 de septiembre de 2027 (tokens generados del 1 de junio al 31 de agosto de 2027).
En cada recuento trimestral se otorgarán, según la clasificación por tokens acumulados en el trimestre correspondiente, los siguientes premios:
- 1er puesto: un viaje para dos personas, valorado en aproximadamente 2.000 €. El destino y las fechas se acordarán con el Organizador, y el viaje deberá disfrutarse en un plazo máximo de 12 meses desde la comunicación del premio.
- Del 2.º al 10.º puesto (nueve premios): un premio valorado en aproximadamente 200 € cada uno, que el ganador podrá elegir entre las opciones que le proponga el Organizador (experiencias, tecnología, tarjetas regalo u otras).
Los tokens generados en cada trimestre se computarán únicamente para el recuento de ese trimestre y no serán acumulables entre recuentos. Un mismo colaborador podrá resultar premiado en varios trimestres.
En caso de empate a tokens entre dos o más colaboradores en cualquiera de los puestos premiados, la posición se dirimirá a favor de quien haya registrado un mayor número de ventas válidas (en estado “aceptado y firmado”) en el trimestre. Si persistiera el empate, se resolverá mediante sorteo interno entre los colaboradores empatados, del que el Organizador dejará constancia documental.
Los premios no podrán canjearse por dinero ni cederse a terceros.
SÉPTIMA – LIMITACIONES Y DESCALIFICACIÓN
En un plazo de 7 días naturales desde cada recuento, el Organizador comunicará de forma individual a cada participante, por correo electrónico o a través del CRM, el resultado del trimestre:
- A los ganadores se les indicará el premio obtenido.
- A los demás participantes se les comunicará que no han resultado premiados en ese trimestre.
Para proteger los datos personales de los participantes, no se publicará la clasificación ni la identidad de los demás colaboradores.
El ganador dispondrá de 15 días naturales desde la comunicación para aceptar el premio y, en su caso, elegir la opción deseada. Si no lo hace en ese plazo, perderá el derecho al premio, que quedará desierto.
OCTAVA – FISCALIDAD
El Organizador se reserva el derecho a excluir o descalificar a cualquier participante que:
- Actúe de forma fraudulenta.
- Altere la mecánica del juego mediante sistemas informáticos o manipulaciones.
- Incumpla alguna de las condiciones de las presentes bases.
NOVENA – PROTECCIÓN DE DATOS
Los premios estarán sujetos a la legislación fiscal vigente en España. Los impuestos derivados de la entrega de premios serán asumidos por los ganadores en los términos que establece la normativa aplicable. El ingreso a cuenta que, en su caso, corresponda practicar al Organizador por los premios en especie será repercutido al ganador.
DÉCIMA – MODIFICACIÓN Y CANCELACIÓN
Los datos personales facilitados serán tratados conforme al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD), con el fin de gestionar la participación, comunicar los resultados y tramitar la entrega de los premios.
UNDÉCIMA – ACEPTACIÓN DE BASES Y JURISDICCIÓN
El Organizador podrá modificar, suspender o cancelar el juego por causas justificadas o de fuerza mayor, comprometiéndose a comunicarlo con antelación.
DUODÉCIMA. – ACEPTACIÓN DE BASES Y JURISDICCIÓN
La participación en el juego implica la aceptación íntegra de las presentes bases.
Para la resolución de cualquier controversia, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Palencia, con aplicación de la legislación española.